Según la Orden 2/7/2012 por la que se dictan las Instrucciones que regulan la Organización y funcionamiento de las EEOOII de Castilla – La Mancha.

En las Escuelas oficiales de idiomas, existirá una junta de delegados del alumnado que estará integrada por los representantes de los alumnos en el consejo escolar y por otros representantes cuyo número, ámbito de representación y procedimiento de elección vendrán determinados en las normas de convivencia, organización y funcionamiento.

La junta de delegados elegirá entre sus miembros un presidente y un secretario, y se reunirá periódicamente, vía convocatoria del presidente, para cumplir con el desarrollo de sus funciones.

Los representantes que determine la junta de delegados podrán colaborar con el responsable de actividades extracurriculares.

La junta de delegados del alumnado tendrá las siguientes funciones:

  1. La elaboración y presentación de propuestas al equipo directivo para el proyecto educativo, la programación general anual y las normas de convivencia, organización y funcionamiento.
  2. El traslado de iniciativas y necesidades a los representantes del alumnado en el consejo escolar, el análisis de la problemática existente y la recepción de información de los temas tratados en el mismo.
  3. La información al conjunto del alumnado de las actividades propias.
  4. La colaboración en la planificación, organización, desarrollo y evaluación de las actividades extracurriculares.
  5. La colaboración con las confederaciones, federaciones estudiantiles y organizaciones legalmente constituidas.
  6. Cuantas otras determinen las normas de convivencia, organización y funcionamiento.